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Spanish Chapter Considerations/ Información económica de la división española

We wanted to add some information about Spanish Chapter financial management.

Queríamos ofrecer la información relacionada con el manejo económico de la división española por si puede servir a otras divisiones o Sigs. La fiscalidad de las asociaciones no es un tema fácil. Hay que tener en cuenta que la normativa que regula los impuestos cambia con frecuencia, es compleja y es importante actualizar los conocimientos.

1. Do you as a chapter/sig handle money? ¿Cómo división o grupo de especial interés (Sig) manejáis dinero?

ACPCC es una división española de la ACBS y al presentar los estatutos como la asociación sin ánimo de lucro, debemos de obtener el CIF y para facilitar todas las cuestiones económicas relacionadas con su apertura, pagar los gastos de gestión relacionados con la inscripción de la asociación etc.

2. Do you need to get a tax ID number? ¿Necesitas el número CIF como una división?

El primer paso sería registrarse en la Inscripción en el Registro de Asociaciones donde la asociación presenta los estatutos firmados por los socios fundadores.

El siguiente paso es la obtención del CIF y la declaración censal.

La Agencia Tributaria dispone de un censo en el que tienen que estar registradas todas la entidades, personas y profesionales cuyas actividades tienen o pueden tener trascendencia fiscal. A estas entidades o personas, la Agencia Tributaría le asigna un
Código de Identificación Fiscal o NIF que permitirá identificarlas.

Debemos obtener un Código de Identificación Fiscal que nos permita:

  • Abrir una cuenta en una entidad financiera.
  • Girar cuotas a los asociados.
  • Adquirir bienes.

Para poder obtenerlo la Agencia Tributaria exige de la asociación que ésta rellene un impreso en que se detallan aspectos relativos a su composición y funcionamiento de manera que la Agencia pueda:

  • Identificarla.
  • Conocer la naturaleza de sus actividades y, por tanto, las obligaciones fiscales que debe cumplir.
  • Controlar si cumple con sus obligaciones fiscales.

3. Do you need to incorporate? ¿Necesitáis incorporaros?

En el momento en el cual el grupo considera organizar eventos que requieran manejo económico, sería casi imprescindible que se incorporen.

4. Can a registered agent handle financial arrangements? ¿Puede un agente registrado llevar las cuestiones económicas?

Parece que no es posible en España.

5. If you make any money, when do we have to start paying taxes? ¿Si la asociación gana dinero, cuando necesitas pagar impuestos?

Lee el punto 6 para considerar que exención puedas obtener y cuando necesitarás pagar los impuestos.

6. How do you pay taxes on money raised? ¿Qué impuestos hay que pagar y cómo?

Estos son los impuestos básicos:

  • IAE: Impuesto sobre actividades económicas.

Las asociaciones gozan de exención en este impuesto durante los dos primeros años de actividad y, posteriormente, siempre que el importe neto de la cifra de negocios no supere el millón de euros. No obstante, es la asociación la que comunica esta situación de exención al dar de alta la actividad económica (mediante el modelo 036).

  • IVA: Impuesto sobre el valor añadido.

Este impuesto se aplica sobre el coste de los productos o servicios y lo paga el usuario final, la persona que acaba comprando el producto o recibiendo el servicio.

Antes de proceder a hacer el ingreso en Hacienda, el empresario, calculará la diferencia entre el IVA que ha soportado (en las compras necesarias para su negocio) y el IVA que ha recaudado en sus ventas.

Si la diferencia es positiva deberá ingresarla en Hacienda y si es negativa podrá solicitar su devolución.

La asociación debería de considerar si poder desgravar el IVA ( en caso de necesitar comprar varias cosas) calcula pagarla ( en cuotas de socios, tasas de cuotas de congresos). En caso en el cual no compensará, la ong debería solicitar la exención.

Primer trimestre: entre el 1 y el 20 de abril.
Segundo trimestre: entre el 1 y el 20 de julio.
Tercer trimestre: entre el 1 y el 20 de octubre.
Cuarto trimestre: entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente.
Resumen anual: entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente.

Modelos:
Liquidaciones Trimestrales: Modelo 300.
Declaración Resumen Anual: Modelo 390.

Más información sobre IVA:
http://www.asociaciones.org/index.php?option=com_content&view=article&id=493&Itemid=58

  • IS: Impuesto de sociedades.

Es un impuesto que grava los beneficios de las entidades jurídicas, ya sean empresas o asociaciones.

Todas las entidades tendrán que presentar impuesto de sociedades aunque anteriormente se acogían a la exención.

Modelos y plazo de presentación
Declaración anual: 1 al 25 de julio (modelo 201)
Declaraciones trimestrales: (modelo 202)
1 al 20 abril
1 al 20 octubre
1 al 20 diciembre

Más información sobre IS: http://www.asociaciones.org/index.php?option=com_content&view=article&id=494&Itemid=58

  • IRPF: Impuesto sobre la renta de las personas físicas

El IRPF afectará a nuestra asociación sólo si satisface rentas a personas físicas y deberá entonces retener parte de las mismas e ingresarlas en Hacienda.

Trimestralmente, coincidiendo con los 20 primeros días del mes siguiente a la finalización del trimestre natural, es decir, entre el 1 y el 20 de Abril, Julio, Octubre, enero. Deberán presentar el Modelo 110 e ingresar las retenciones practicadas, directamente en las oficinas de Hacienda o a través de nuestro banco.

7. Is the money donated to your chapter tax deductible? Puedo deducir cuando dono dinero a la división ACPCC?

No es posible desgravar el impuesto por donar a la ACPCC.

Solamente es posible según se establece en artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre para:

Las fundaciones.

Las asociaciones declaradas de utilidad pública.

Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo a que se refiere la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, siempre que tengan alguna de las formas jurídicas a que se refieren los párrafos anteriores.

Las delegaciones de fundaciones extranjeras inscritas en el Registro de Fundaciones.

Más información:
www.hacesfalta.org
www.solucionesong.org
www.ongexcelente.org
www.asociaciones.org

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